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Materias peligrosas que requieren el tacógrafo especial:
· Transporte de explosivos en unidades de transporte del tipo
III que son los que se definen en el marginal 11.204 de ADR del año
1993.
· Transporte de materias de la clase 3 (líquidos inflamables),
pero tan solo aquellos líquidos con un punto de inflamación
inferior o igual a 55º C.
Para saber cuáles son estos líquidos, deberemos recurrir
al ADR'93, Marginal 2301, en donde podemos verificar que todos los líquidos
de los apartados 1 al 26 son materias con punto de inflamación
inferior a 21ºC apartado 31 que incluye materias con punto de inflamación
inferior a 55ºC.
Todas las materias relacionadas en los apartados mencionados anteriormente,
si son transportadas en vehículos cisternas, portadores de cisternas
desmontables o baterías de recipientes, el tacógrafo tiene
que ser homologado y cumplir con los requisitos del marginal 220.000 del
apéndice B.2 del ADR´93.
· Transporte de materias de la clase 2 (gases comprimidos, licuados
y disueltos a presión), cuando sean transportados en cisternas
y sean gases inflamables o químicamente inestables, salvo indicación
contraria para estas materias.
De acuerdo con el marginal 2200 del ADR`93, los gases que sean inflamables
pertenecerán a un apartado que lleve la letra "b" minúscula;
los gases que sean químicamente inestables pertenecerán
a un apartado que lleve la letra "c" minúscula.
Puntualizaciones al tacógrafo y su instalación eléctrica
Para conocer cuando un tacógrafo está homologado para el
transporte de determinadas mercancías peligrosas, esto es, cumple
los requisitos de inflamabilidad, ya sea por el producto inflamable que
transporta la cisterna o porque vaya a estar en atmósfera explosiva,
es necesario que dicho tacógrafo cumpla los siguientes requisitos:
· Debe llevar un marchamo específico.
· Debe llevar una pegatina que indique(Ex), esta pegatina estará
situada en el interior del tacógrafo, visible cuando se abra el
mismo.
Determinado fabricante de tacógrafo coloca un cuadrado de color
naranja, visible desde el exterior del tacógrafo, para indicar
que el tacógrafo está homologado.
La instalación eléctrica tiene que cumplir las normas EN
50014 y una desde la EN 50015 a EN 50020 o la EN 50018.
TIPOS DE TACÓGRAFOS DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
Los tacógrafos de mercancías peligrosas son modelos con modificaciones
no sustanciales que han seguido un proceso de certificación para
la aplicación en vehículos para usos especificados en la Normativa
ADR.
A continuación se presenta una serie de figuras donde se muestran
las diferentes formas de diferenciar los tacógrafos de materias
peligrosas, ya que tienen distintivos que nos ayudan a identificarlos
rápidamente:

Así mismo, han de llevar la etiqueta de homologación bien
impresa en la misma del tacógrafo o adicional a esta.

FUNCIONAMIENTO DE LOS TACÓGRAFOS DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
En principio, los tacógrafos de mercancías peligrosas
son tacógrafos especiales estudiados y fabricados para poder trabajar
en ambientes con posibilidad de existencia de líquidos o gases
explosivos. Para ello en proyecto se realizan una serie de pruebas en
laboratorios homologados para que se certifique su aptitud para el trabajo
al que se destinan. Estas pruebas se basan en la normativa europea ADR.
El funcionamiento de los tacógrafos de mercancías peligrosas
es exactamente igual al de un tacógrafo normal, salvo en los valores
de voltaje e intensidad de trabajo de las placas electrónicas internas.
Además, la instalación eléctrica de este tipo de
tacógrafos es diferente, ya que se deben seguir las normas ADR
sobre la necesidad de instalar una barrera de seguridad. Esta barrera
es un limitador de tensión e intensidad y una conducción
eléctrica blindada.
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