TACÓGRAFO



2. LEGISLACIÓN


 

CONTENIDOS:

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1.- ANEXO 1: LEGISLACIÓN


Parte 1.- REGLAMENTO (CEE) Nº 3820/85 DEL CONSEJO de 20 de diciembre de 1985 relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera.

Parte 2.- REGLAMENTO (CEE) Nº 3821/85 DEL CONSEJO de 20 de diciembre de 1985 relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera.
Anexo I
Anexo II
Aplicaciones

Parte 3.- REGLAMENTO (CEE) Nº 3688/92 DE LA COMISION de 21 de diciembre de 1992 por el que se adapta al progreso técnico el Reglamento (CEE) nº 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carreteras.

Parte 4.- REGLAMENTO (CE) Nº 2479/95 DE LA COMISION de 25 de octubre de 1995 por el que se adapta al progreso técnico el Reglamento (CEE) nº, 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera.

Parte 5.- ORDEN de 16 de noviembre de 1981 sobre homologación e los tacógrafos.

Parte 6.- 28754 TRANSPORTES TERRESTRES. OBLIGATORIEDAD DEL USO DE LOS TACOGRAFOS.- Real Decreto 2916/1981, de 30 de octubre (Presidencia), por el que se establece la obligatoriedad del uso de los tacógrafos en los vehículos automóviles de transporte de personas y mercancías.

Parte 7.- 25996 VEHICULOS AUTOMOVILES TACOGRAFOS.- Orden de 24 de septiembre de 1982 (Industria y Energía) sobre autorización de talleres para instalación, reparación y revisión periódica de tacógrafos.


Parte 8.- VEHÍCULOS AUTOMOVILES. TACOGRAFOS.-
Orden 27483 de 14 de octubre de 1982 (Industria y Energía) por la que se aprueban las normas de control e inspección de tacógrafos.

Parte 9.- VEHICULOS AUTOMOVILES. TACOGRAFOS.- Orden 20069 de 11 julio de 1983 (Industria y Energía) por la que se da nueva redacción al epígrafe 1.5 placa de montaje del anexo de la Orden de 14 de octubre de 1982 (disp.27483), que aprueba la norma de control e inspección de tacógrafos.

Parte 10.- 20070 VEHÍCULOS AUTOMÓVILES. TACOGRAFOS.- Orden de 11 de julio de 1983 (Industria y Energía) por la que se extiende la designación como instaladores autorizados de tacógrafos a los carroceros de autobuses y autocares, según lo previsto en la Orden de 24 de septiembre de 1982 (disp. 25996).

Parte 11.- 20071 VEHÍCULOS AUTOMÓVILES. TACOGRAFOS.- Orden de 11 de julio de 1983 (Industria y Energía) por la que se aprueban las normas sobre precintos, placa de montaje y libro de registro en la instalación y comprobación de tacógrafos.

Parte 12.- REGLAMENTO (CE) Nº 2135/98 DEL CONSEJO de 24 de septiembre de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3821/85 relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera y la Directiva 88/599/CEE relativa a la aplicación de los Reglamentos (CEE) nº 3820/85 y 3821/85

- ANEXO

REGLAMENTO ( CE ) nº 561/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de Marzo de 2006, disposiciones que modifican los Reglamentos ( CEE ) nº 3821/85 y nº 3820/85 del Consejo.

DIRECTIVA 2006/22/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 15 de Marzo de 2006, sobre la aplicación de los Reglamentos del Consejo ( CEE ) nº 3820/85 y ( CEE ) nº 3821/85.

REAL DECRETO 640/2007, de 18 de mayo, por las normas sobre tiempos de conducción y descanso.

RESOLUCIÓN de 19 de Abril de 2007, de la Dirección General de Tpte. por carretera, sobre los controles de trabajo de los conductores.

Reglamento CEE 3821-85 (Actualizado)